Autoridades españolas sancionaron a Elena Lorenzo Rego, quien se define como “coach profesional y terapeuta especializada en orientación sexual”, con una multa de 20 mil 001 euros (casi 430 mil pesos mexicanos) por ofrecer terapias para curar la homosexualidad en internet.

En 2016 cuando se interpuso la denuncia

Así lo informó Rubén López, portavoz de la asociación Arcópolo, que en 2016 denunció a Lorenzo Rego ante la Comunidad de Madrid, en virtud de la Ley contra la LGTBIfobia que entró en vigor ese mismo año, para endurecer los castigos por actos de discriminación por diversidad sexual y de género.

López señaló que en la asociación se encuentran satisfechos por haber conseguido esta “sanción histórica y pionera”, pues desde la entrada en vigor de la citada ley, se han impuesto 18 sanciones por infracciones leves, con multas que van de los 200 a los mil 800 euros, es decir, entre 4 mil 289 y 38 mil 606 pesos mexicanos.

En 2016, al anunciar la denuncia, Yago Blando, entonces coordinador de Arcópoli, explicó que según la Ley contra la LGTBIfobia, ofrecer terapias de curación de la homosexualidad incurre en una sanción muy grave, pues constituye un acto de aversión hacia la comunidad LGTB, además de ser una presunta estafa.

“La teníamos identificada desde hace tiempo […]. Hemos esperado a elaborar un buen informe y a anunciarlo porque estas prácticas [además de una posible estafa] van en contra de la Ley contra la LGTBIfobia”Yago Blando, coordinador de Arcópoli

Un largo proceso antecedió a la sanción

Después de ello, la Secretaría General Técnica de la Consejería inició un periodo de información previa, para conocer las circunstancias del caso concreto. Durante ese proceso, en enero de 2017 se dio entrada a una nueva denuncia en el caso, formulada por dos particulares, que también acusaban un posible delito por la realización de terapias de conversión.

El 19 de marzo de 2019, la Secretaría General Técnica resolvió que los hechos denunciados podrían constituir una infracción administrativa muy grave, según lo establece el artículo 70.4.c de la Ley 3/2016.

Un mes después, el Consejo de Gobierno competente inició el procedimiento sancionador que más de tres años después de ser denunciado, quedó resuelto este 17 de septiembre.